A pesar del esfuerzo de varios residentes por mantener sus áreas circundante limpias, enormes herbazales crecen sin control dentro del residencial, sobre todo en las macros ubicadas después del puente sobre el río Copé.
Gracias al esfuerzo de vecinos de la macro 2, macro 5 y macro 4, las áreas del residencial y circundantes de estos sectores se mantienen aceptablemente limpias salvo exepciones, pero múltiples áreas despúes del puente crecen los herbazales desmesuradamente como se aprecian en las imágenes de esta nota.
Estos herbazales propician la proliferación de animales peligros como culebras, alacranes, tarántulas y otras especies que pueden atentar contra la vida de los residentes que transitan por allí.
En estos lugares algunos vecinos han limpiado de su propio erario, pero al ser las áreas extensas los costos se incrementan para los mismos, siendo para ellos una situación insostenible en el tiempo; en buen panameño, «no hay bolsillo que aguante ese golpe«.
Pero legalmente, ¿quién tiene la responsabilidad de mantener esas áreas limpias?
No hay que ser abogado para interpretar la ley, la cual mas clara no puede ser:
La ley N° 63 del 22 de agosto de 2016 «Que establece medidas para la protección de los parques públicos y dicta otras disposiciones», en su Artículo 5., modifica el artículo de la Ley 6 de 1 de febrero de 2006, quedó dela siguiente manera:
«Artículo 5. El artículo 30 del la ley 6 de 2006 queda así:
Artículo 30. Para los efectos del ordenamiento territorial y la planificación urbanistica a que se refiere la presente Ley, todo promotor que desarrolle proyectos de urbanización, antes que expida el permiso de ocupación, tendrá la obligación de traspasar a los municipios la totalidad de las áreas verdes, de parques, de uso público y de servidumbre que por ley le correspondan, cuyos usos y destinos no podrán ser modificados y estos de recibirla, siempre que dichas áreas cumplan con la habilitación de instalaciones para el desarrollo de actividades recreativas activas y/o pasivas, como mobiliario y equipamiento urbanos exceptuando las Urbanizaciones con Régimen de Propiedad Horizontal.
El promotor queda obligado a dar mantenimiento a todas las áreas de uso público, durante el periodo que estas no hayan sido traspasadas.«
Algunos podrán argumentar que ya no hay esperanza que la promotora cumpla con esto, por lo que consideran que los vecinos deben pagar de sus recursos estas limpiezas. Siempre hay gente de buena voluntad que esta dispuesto a hacerlo, pero lo que normalmente pasa, es que unos pocos asumen de su bolsillo estas labores, con el tiempo se cansan y abandonan la tarea. Sería un caso excepcional de buena vecindad que eso no pasara en estas áreas.
Todos nosotros debemos pagar al día nuestras cuentas de agua, luz, teléfono, basura, etc., sino lo hacemos nos cortan estos servicios o no nos recogen la basura, hasta ahora no conozco a ningún vecino filantropo, que pueda asumir por si solo estas tareas y quiera; todos somos trabajadores o microempresarios que llevamos el sustento a nuestros hogares con mucho esfuezo.
Por lo que lo justo y sostenible, es que la responsabilidades repose sobre quienes las adquirieron.
Por lo dicho anteriormente considero que lo primero que debería hacerse, es sumar una denuncia mas contra la promotora por el incumplimiento del mantenimiento de las áreas verdes.
Lo segundo, sería solicitar formalmente a la Junta Comunal y al Municipio de Arraiján que periódicamente, brinde apoyo para la limpieza de estas áreas, puesto que todos pagamos impuestos para cosas como estas. Eso demorará cierto, pero en algún momento debe darse si se gestiona con diligencia.
Hacia el futuro, una mancuerna de estado y residentes organizados, quizá sea la única forma de mantener todas las áreas comunes del residencial, limpias.